Las mascotas pasarán a ser miembros de la familia por derecho propio. Estas son las consecuencias.
Aprobadas el 2 de Diciembre, en el Consejo de los Diputados, las reformas legales en Código Civil, Ley Hipotecaria y Ley de Enjuiciamiento Civil y publicadas en el BOE el 16 del mismo mes, los animales tendrán un estatuto jurídico distinto al de los bienes materiales.
Es estima que será el 05 de enero de 2022 cuando la condición de seres vivos dotados de sensibilidad sea inherentes a nuestros peludos. La Ley de Bienestar Animal regula, entre otras situaciones, la custodia compartida de los animales de compañía en casos de separación o divorcio, señalando que no podrán ser embargadas ni hipotecadas.
Como es obvio, tampoco se le podrá causar sufrimiento o dolor, además de no poder utilizarse como herramienta en casos de violencia de género.
Se ha añadido un nuevo artículo en el Código Civil para considerar a los animales seres vivos dotados de sensibilidad, y cuyo propietario debe ejercer sus derechos y deberes para cuidarlo y asegurar su bienestar, conforme a las características de cada especie.
Las medidas que adopte el juez en caso de divorcio, nulidad o separación, pueden ser modificadas judicialmente o por un nuevo convenio, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los animales de compañía.
Además se podrá acordar la participación de los cónyuges en los gastos de manutención y cuidado del animal y decidir el destino de la mascota si no hay acuerdo entre los miembros de la expareja. Se prevé, entre otras cosas, el reparto de los tiempos de disfrute con la mascota.
Los jueces podrán decidir que los padres no compartan los hijos con sus exparejas cuando vayan a separarse, si han maltratado o amenazan con hacerlo al animal de compañía, como forma de violencia vicaria o de género, para controlar al cónyuge.
Podcast relacionado